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PRE-CABILDOS EN EL MUNICIPIO DE MANAGUA.
17, enero 2008
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Tema: No hay Tematica
Resumen:
Realización de Asambleas y/o encuentros territoriales.
Que el ordenamiento jurídico nicaragüense, en su norma máxima, la Constitución Política, en el Arto. No. 50 determina que, los ciudadanos tienen derecho de participar en igualdad de condiciones en los asuntos públicos y en la gestión estatal. Por medio de la ley se garantizara nacional y localmente la participación efectiva del Pueblo.
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